
Disponibles nuevas ofertas de GPS TOM TOM a precios excel ...
Los usuarios de una de las páginas web más ...
| | |
El nuevo sistema de formación continua permite extiende a las pequeñas y medianas empresas las facilidades para desarrollar planes de formación basados en un sistema de descuentos a partir de las cuotas de la seguridad social. |
|
Quién tiene derecho a las subvenciones |
Cualquier empresa o agrupación de empresas puede acceder a los planes de subvenciones. Los destinatarios finales de la formación han de ser trabajadores asalariados que coticen a la seguridad social en concepto de formación profesional. Las modalidades de formación pueden ser presenciales, a distancia o teleformación teniendo una duración mínima de 10 horas para que puedan considerarse subvencionables. |
Qué crédito tiene su empresa |
De acuerdo con la LPGE de 29 de diciembre para el ejercicio 2007. Las empresas cotizantes dispondrán de un crédito máximo que resultará de aplicar a su cuota ingresada en 2006 por formación profesional, los siguientes porcentajes de bonificación: En el caso de empresas de 1 a 5 trabajadores se establece un crédito fijo de 420 euros. Para las empresas de nueva creación y las que abran nuevos centros, se establecerá una bonificación media por trabajador de 65 euros. El listado de participantes deberá comunicarse antes del comienzo de la correspondiente acción formativa o grupo. |
Cómo aplicarlo |
Los costes sufragados por las empresas para la formación de sus trabajadores se bonifican en las cuotas a la Seguridad Social. En este sentido, el crédito para formación continua para cada empresa actúa como límite de las bonificaciones a efectuar con cargo a las cotizaciones a la Seguridad Social. |
Nota |
|